A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant De Oficio·Respondent Gomez Restrepo Carlos Eduardo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado 61 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Cabildo Indígena Resguardo Cañamomo y Lomaprieta.
La causa de la controversia consiste en un proceso penal en contra de un ciudadano, miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de celebración de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, contemplado en el artículo 410 del CP.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos o factores establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia.
En cuanto al elemento personal, se acredita por cuanto se verifica que el comunero sí pertenece a la comunidad y ha ocupado dignidades relevantes en esa agrupación, incluso, los hechos materia de investigación penal ocurrieron cuando él fungía como gobernador del resguardo.
Sobre el elemento territorial, se cumple igualmente, desde una perspectiva amplía, en la medida en que los hechos investigados tienen impacto no solo en el resguardo, sino también, fuera de sus linderos geográficos.
En referencia al elemento objetivo, como quiera que concurre interés para la sociedad mayoritaria y para la comunidad indígena implicada, además de que este delito reviste de especial interés para la sociedad mayoritaria, se entiende que este presupuesto no resulta determinante para definir el conflicto y deberá, entonces, realizarse un análisis riguroso del factor institucional.
Sobre este último, esta Corporación no evidencia que existan en este asunto en particular, procedimientos de investigación y de juzgamiento efectivos para la persecución de la conducta delictiva, de modo que permita velar por la administración transparente y adecuada de los recursos públicos que tienen relación directa con el interés general.
No es posible establecer que la comunidad indígena cuente con una institucionalidad que garantice el juzgamiento de las conductas presuntamente cometidas por el comunero, para este caso, las conductas desplegadas que generaron la interrupción a un proyecto de beneficio para su localidad, lo que permite predicar que la conducta cometida supera la institucionalidad de la comunidad, en tanto no solo afectó a esta sino a otras comunidades y territorios.
La Corte decide asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal y en consecuencia, resuelve remitir el expediente al Juzgado 61 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 61 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Cabildo Indígena Resguardo Cañamomo y Lomaprieta, y DECLARAR que el conocimiento del proceso penal seguido en contra de Carlos Eduardo Gómez Restrepo por la presunta comisión del delito de celebración de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales corresponde al Juzgado 61 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4976 al Juzgado 61 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que continúe con el trámite del referido proceso penal y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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